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Homo reciprocans: núcleo de la sociedad contractual

Homo reciprocans (humano recíproco) es el concepto en algunas teorías económicas, que comprenden a los humanos como actores cooperativos y motivados por mejorar su entorno. Contrasta con la idea de homo economicus, teoría que establece que los seres humanos están motivados exclusivamente por el interés propio.

¿Cómo funciona?

La reciprocidad funciona como explicación a la aceptación de tratos justos. La forma como lo hace ha generado al menos dos teorías:[1]

  • Aquella que define el comportamiento del individuo como adverso a la desigualdad, donde los agentes actúan en función de la búsqueda de la igualdad. Encuentra justificación partiendo de la premisa de que el ser humano ha sido evolutivamente cooperativo, y por lo tanto sus prácticas e interacciones tienden hacia los tratos igualitarios. De allí que, los tratos desiguales y las posiciones sociales desequilibradas causan des-utilidad para los individuos.
  • La tesis que supera la anterior es la cooperación condicionada. Se basa en la reciprocidad fuerte, entendida como la acción del individuo de premiar acciones justas, y castigar tratos injustos. Se sigue buscando la maximización de la utilidad, que ahora se presenta de forma más integral y acorde a la naturaleza del ser.

¿Qué elemento activa la reciprocidad?

Estamos dispuestos a dar con tal de recibir. A lo mejor no de los mismos a los que damos, ni de lo mismo que damos, pero sí de otros. Este es el núcleo de la sociedad contractual. Estamos dispuestos a cumplir con nuestros deberes, siempre y cuando se protejan nuestros derechos. La diferencia, que nadie quiere, es una sociedad conflictiva.

¿Qué pasa cuando parece que hay algunos que no pueden dar nada a cambio?

Hasta ahora han quedado excluidos, como es el caso de los pobres. Entonces la misma sociedad generara los excluidos.

La reciprocidad funciona como un estado de bienestar, y está en crisis porque muchos programas contra la desigualdad no movilizan los principios tradicionales de justicia y dignidad.   


[1] Gallego, J. (2007). La reciprocidad y la paradoja del votante. Revista de Economía Institucional, 9(16): 149–188.


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